El Corredor Público siempre
ha satisfecho una necesidad social y económica. En
la historia de las antiguas civilizaciones como la
egipcia, fenicia, griega o romana, estuvo presente
dentro de su comercio un experto en mercaderías que
cumplía con varias funciones; desde las primeras leyes
que regularon al Corredor Público, se le otorgaron
funciones básicas que hasta la fecha conserva y que
son: mediador, fedatario público y perito legal (valuador).
• Mediación o corretaje ya
que se le consideraba un experto en mercaderías y
ponía en contacto a vendedores y compradores.
• Fe pública al autenticar o
hacer constar en tabletas de arcilla o de papiro los
inventarios de mercaderías y las transacciones en
las que intervenía.
• Valuación ya que al ser experto
en mercaderías podía determinar el valor de las mismas
en las operaciones comerciales.
Los Corredores vigilaban los
mercados y a los mercaderes, velaban por la buena
marcha de las operaciones mercantiles; tenían autoridad
en cuestiones de calidad, pesas y medidas, se constituían
en auxiliares de la fiscalía local, investigaban fraudes
y ejecutaban embargos.
El emperador Carlos V por Real
Cédula de 1527 instituyó el oficio de Corredor Público.
Como consecuencia de la Cédula
Real de 23 de abril de 1764, se dictó un "Reglamento
de Corredores". En dicho Reglamento se encuentra el
antecedente de la organización del Colegio de Corredores,
al establecer que de entre los Corredores de número,
el Tribunal nombrará un Corredor Mayor.
El Corredor Público después
de la Independencia de México.
Fueron las Ordenanzas de Bilbao
(cuya aplicación se extendió a la Nueva España en
Órdenes de 22 de febrero de 1792 y 27 de abril de
1801) las que rigieron en México, con algunas intermitencias;
después de la Independencia y hasta 1884, se reglamentó
la profesión de Corredor, sin otras limitaciones que
las relativas al nombramiento y a la fijación del
número que conforme a la Real Cédula citada correspondía
al Ayuntamiento.
Por decreto de 15 de noviembre
de 1841, se crearon las Juntas de Comercio y Tribunales
Mercantiles, y el nombramiento de Corredores pasó
a ser atribución de dichas Juntas. El 11 de marzo
de 1842, se expidió un nuevo Reglamento y Arancel,
en el cual por primera vez se establecieron diversos
ramos de la Correduría, asignando a cada uno la fianza
correspondiente.
El Corredor Público en los
Códigos de Comercio de 1854 y 1884.
Al publicarse el primer Código
Mercantil en 1854, se le concedieron al Ministerio
de Fomento las facultades relativas a la reglamentación
de Corredores y al efecto se expidió el Reglamento
y Arancel el 13 de julio de 1854, vigente hasta la
promulgación del Código de Comercio de 1884.
El Corredor Público en el
Código de Comercio de 1889.
El 15 de septiembre de 1889
se expidió el Código de Comercio actual, en el cual
se dejó al Ministerio de Fomento la facultad de expedir
los títulos de habilitación de Corredor Público respectivos
en el Distrito Federal.
El Corredor Público en el
presente.
En la actualidad, con la expedición
de la Ley Federal de Correduría Pública de fecha 29
de diciembre de 1992, en vigor desde el 28 de enero
de 1993 y su Reglamento de fecha 4 de junio de 1993,
se derogaron las disposiciones que en materia de Correduría
Pública regulaba el Código de Comercio, ampliándose
sus funciones y surgiendo una nueva Correduría Pública
Mexicana de carácter federal.