El Corredor Público siempre
ha satisfecho una necesidad social y económica.
En la historia de las antiguas civilizaciones
como la egipcia, fenicia, griega o romana, estuvo
presente dentro de su comercio un experto en
mercaderías que cumplía con varias funciones;
desde las primeras leyes que regularon al Corredor
Público, se le otorgaron funciones básicas que
hasta la fecha conserva y que son: mediador,
fedatario público y perito legal (valuador).
• Mediación o corretaje
ya que se le consideraba un experto en mercaderías
y ponía en contacto a vendedores y compradores.
• Fe pública al autenticar
o hacer constar en tabletas de arcilla o de
papiro los inventarios de mercaderías y las
transacciones en las que intervenía.
• Valuación ya que al
ser experto en mercaderías podía determinar
el valor de las mismas en las operaciones comerciales.
Los Corredores vigilaban
los mercados y a los mercaderes, velaban por
la buena marcha de las operaciones mercantiles;
tenían autoridad en cuestiones de calidad, pesas
y medidas, se constituían en auxiliares de la
fiscalía local, investigaban fraudes y ejecutaban
embargos.
El emperador Carlos V
por Real Cédula de 1527 instituyó el oficio
de Corredor Público.
Como consecuencia de la
Cédula Real de 23 de abril de 1764, se dictó
un "Reglamento de Corredores". En dicho Reglamento
se encuentra el antecedente de la organización
del Colegio de Corredores, al establecer que
de entre los Corredores de número, el Tribunal
nombrará un Corredor Mayor.
El Corredor Público
después de la Independencia de México.
Fueron las Ordenanzas
de Bilbao (cuya aplicación se extendió a la
Nueva España en Órdenes de 22 de febrero de
1792 y 27 de abril de 1801) las que rigieron
en México, con algunas intermitencias; después
de la Independencia y hasta 1884, se reglamentó
la profesión de Corredor, sin otras limitaciones
que las relativas al nombramiento y a la fijación
del número que conforme a la Real Cédula citada
correspondía al Ayuntamiento.
Por decreto de 15 de noviembre
de 1841, se crearon las Juntas de Comercio y
Tribunales Mercantiles, y el nombramiento de
Corredores pasó a ser atribución de dichas Juntas.
El 11 de marzo de 1842, se expidió un nuevo
Reglamento y Arancel, en el cual por primera
vez se establecieron diversos ramos de la Correduría,
asignando a cada uno la fianza correspondiente.
El Corredor Público
en los Códigos de Comercio de 1854 y 1884.
Al publicarse el primer
Código Mercantil en 1854, se le concedieron
al Ministerio de Fomento las facultades relativas
a la reglamentación de Corredores y al efecto
se expidió el Reglamento y Arancel el 13 de
julio de 1854, vigente hasta la promulgación
del Código de Comercio de 1884.
El Corredor Público
en el Código de Comercio de 1889.
El 15 de septiembre de
1889 se expidió el Código de Comercio actual,
en el cual se dejó al Ministerio de Fomento
la facultad de expedir los títulos de habilitación
de Corredor Público respectivos en el Distrito
Federal.
El Corredor Público
en el presente.
En la actualidad, con
la expedición de la Ley Federal de Correduría
Pública de fecha 29 de diciembre de 1992, en
vigor desde el 28 de enero de 1993 y su Reglamento
de fecha 4 de junio de 1993, se derogaron las
disposiciones que en materia de Correduría Pública
regulaba el Código de Comercio, ampliándose
sus funciones y surgiendo una nueva Correduría
Pública Mexicana de carácter federal.